- En medio de irregularidades, el Congreso informa de nuevos dictámenes para la Ley de Planeación, mismos que no habían sido difundidos, por lo que emitimos nuevamente recomendaciones y propuestas.
- Las propuestas se dirigen a asesgurar la constitucionalidad del Sistema y el Instituto de planeación; fortalecer los mecanismos de participación ciudadana; armonizar las distintas leyes y asegurar procesos transparentes de designaciones públicas de UN solo comité de selección, Titular de la Dirección del Instituto y Consejeros Técnicos.
#CDMXsustentable, 3 de noviembre de 2019.- Luego de que la Comisión de Administración Pública Local del Congreso de la Ciudad de México informó que había un segundo predictamen y hasta un tercer prepredictamen, que no se habían puesto sobre la mesa, entre muchas otras irregularidades, las organizaciones que damos seguimiento al proceso hicimos lo propio y emitimos nuevas propuestas y comentarios.
El documento con propuestas para las Comisiones legislativas se resumen en las siguiente:
- El Sistema de Información y los mecanismos de participación deberá estar a cargo del Instituto de Planeación, y deberá eliminarse la Plataforma de Gobierno de esta Ley.
- Sobre el Sistema de Información, se debe incluir información pública y abierta más precisa para el seguimiento de las obras públicas y privadas, que permita la gobernanza territorial y el control democrático de la información.
- Es necesaria una ruta más clara para incluir mecanismos para la participación y la consulta de los instrumentos de planeación y su control democrático. En el proyecto de dictamen no existen suficientes ni innovadores mecanismos de participación; los pocos son interacciones virtuales con la Plataforma de Gobierno o la recepción de comentarios por escritos con discrecionalidad de la autoridad para responder sobre ellos.
- Los mecanismos para que la ciudadanía presente sobre incumplimientos o violaciones a los instrumentos de planeación y a la Ley de Planeación no sólo deben ser quejas sino denuncias. El Instituto no sólo haga recomendaciones, sino remita a la Contraloría y otras autoridades pertinentes estas denuncias.
- Rechazamos la concentración de poder y centralización de la Jefatura de Gobierno en los procesos de planeación, participación, consulta, aprobación y revisión, incluyendo que el Instituto de Planeación esté sectorizado en la Jefatura de Gobierno.
- Un Comité de selección ÚNICO, con procesos de designación por convocatoria pública y procesos de selección transparentes.
- La designación para los nombramientos del Comité de Selección y la Dirección del Instituto debe ser por mayorías calificadas del Congreso, de acuerdo a la Constitución.
- Se deben precisar las funciones de la Junta de Gobierno del Instituto; incluyendo la vigilancia de la ética de los integrantes del Instituto.
- Se deben precisar las funciones de la Dirección General del Instituto, su perfil idóneo y su nombramiento.
- Se deben precisar las funciones del Directorio Técnico, su perfil idóneo y su nombramiento. Se agregan la definición de sus atribuciones. Rechazamos que sea un órgano sólo de consulta.
- Se deben precisar las funciones del Consejo Ciudadano, su número para asegurar la equidad de género, su perfil idóneo y su nombramiento.
- Reconocemos que es fundamental que el Instituto tenga su propia Ley Orgánica y que debe aprobarse en este período de sesiones, antes de nombrar a Comité de selección y Dirección General del Instituto.
- Los programas de Ordenamiento Territorial de las demarcaciones y programas parciales deben ser aprobados por el Concejo de las alcaldías, y no sólo su opinión.
- Se incluya como artículo transitorio plazo para la aprobación de la Ley de Ordenamiento Territorial, previa consulta a los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, respecto a los contenidos que sean susceptibles a afectar sus derechos
- Se agregan referencias al Sistema de Indicadores de avance progresivo de los derechos humanos, el Sistema Integral de Derechos Humanos y su instancia ejecutora en distintos lugares de la Ley y los contenidos de los instrumentos de planeación.
- Se incluya un artículo transitorio sobre Ley del Consejo de Evaluación y publicar la Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos.
- Se incluya un artículo transitorio para reformar Ley Orgánica de la Administración Pública y su Reglamento.
- Como parte de la armonización legislativa del Sistema de Planeación, se propone que la Consejería Jurídica y un Grupo de Trabajo técnico designado por el Congreso presenten un estudio y propuestas sobre las distintas leyes, reglamentos y normas para armonizar.
Aquí puedes consultar el documento Completo con propuesta de articulado sobre PreDictamen de Comisión de Administración Pública 20191203Descarga