- La Constitución es una oportunidad histórica para impulsar un arreglo institucional representativo, con contrapesos y perspectiva sistémica, que no sólo sea de carácter político, sino también un nuevo pacto social y territorial.
- Sectores sociales y privado pueden contribuir a la acción pública, gobernanza y bienestar social, resolver necesidades y problemas públicos junto con el gobierno, bajo un marco normativo democrático y transparente.
- Urge construir un nuevo marco de relaciones democráticas entre el Estado, las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) y organizaciones sociales y las empresas.
#CDMXsustentable, noviembre 2016. – En el marco de la elaboración de la nueva Constitución de la Ciudad de México, el colectivo independiente Tú Constituyente (puedes ver la campaña aquí), presentó cuatro iniciativas a distintas comisiones, aquí te explicamos dos.
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1. Sistemas de Planeación, Gestión y Rendición de Cuentas para una Ciudad Sustentable
La iniciativa se presentó por #TúConstituyente para crear un Sistema de Planeación, Gestión y Rendición de Cuentas para una Ciudad Sustentable ante la Comisión de Desarrollo Sustentable y Planeación Democrática.
La iniciativa destaca que se ha privilegiado la centralización de la toma de decisiones, la discrecionalidad con escasos contrapesos verticales y horizontales y los mecanismos “decorativos” de participación ciudadana, sin contribuir al carácter plural de nuestra Ciudad de México.
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“La elaboración de esta Constitución es una oportunidad histórica para impulsar un arreglo institucional representativo, con perspectiva sistémica y nuevos mecanismos de gobernanza, que no lleven a un nuevo pacto social y territorial”, elabora Tú Constituyente. En este sentido, quienes integran el colectivo propusieron puntos específicos para la planeación y gestión de una Ciudad Sustentable, en las que se destacan:
Propuesta de reforma (artículos) | Temas |
Sistema de Planeación: art. 20 (A-1, 2, 3, 4 y B-1, 3, 4, 5, 6) | Cambiar “Plan General de Desarrollo” por “Plan Estratégico”. “Programa General de Ordenamiento Territorial” por “Plan General de Ordenación del Territorio y Desarrollo Urbano/Ambiental”. Se busca que el Plan General de Ordenamiento del Territorio, los planes respectivos en las distintas demarcaciones y parciales en colonias, pueblos, comunidades y barrios se especialicen en planeación urbano-ambiental estén sujetos a evaluaciones, recomendaciones y revisiones cada cinco años. |
Suelo urbano y de conservación: art. 21 (C-1, 2, 7, 8 y G-3) | Se agrega el concepto de “reconocer los derechos de propiedad”, que están consagrados en la Constitución federal, en el artículo 27, donde se reglamenta la propiedad privada, ejidal y comunitaria. Separamos el concepto de “propiedad” que está regulado a nivel federal del ordenamiento y uso que es materia de la Ciudad y su regulación. Busca mejorar la implementación a partir de un buen ordenamiento territorial. |
Sistema de Aguas: art. 21 (B-1, 2, 3, 4, 5) | Se propone un diseño institucional que gestione efectivamente la cuenca, el ordenamiento territorial y los procesos de información, toma de decisiones y evaluación del agua, con la participación de diversos actores interesados. |
Derecho a Medio Ambiente Sano: art. 21 (A-1,2,3,4,5,6) y homologar art. 17 (A-1 y 2) | Se proponen diferentes mejoras a la redacción. Una buena parte de las propuestas en este sentido son también para homologar el lenguaje, los términos y el diseño institucional con las secciones anteriores. |
Sistema de Residuos Sólidos: art. 21 (F-3) | Se considera construir un Sistema de Gestión de Residuos, donde se genere la información adecuada, se planee con base en esta información y estableciendo objetivos y metas de corto y largo plazo, junto con planes de manejo que incluyan la participación de diversos actores como autoridades locales, recicladores, asociaciones vecinales, grupos de defensa de derechos de consumidores y empresas responsables con el medio ambiente. |
Vivienda: art. 21 (E-3) | Se busca transparentar y se hacer públicos todos los subsidios en sus distintas modalidades otorgados a particulares. Todos los programas y medidas dirigidos a otorgar subsidios, prestaciones, beneficios y fondos de vivienda deberán incluir en su diseño y cumplir con ciertos requisitos en su implementación; y que estas políticas y sus evaluaciones de resultados e impactos rigurosamente aplicadas deben incluir límites y contrapesos. |
2. Alianzas multi-sectoriales
Si bien en la Ciudad de México han dejado de funcionar las viejas reglas y prácticas, aún falta mucho para construir un nuevo marco de relaciones democráticas y pluralistas entre el Estado, las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), las organizaciones sociales y las empresas.
Se presentó ante la Comisión de Buen Gobierno, Combate a la Corrupción y Régimen de Responsabilidades de los servidores públicos, la iniciativa de reforma al proyecto de Constitución de la Ciudad de México para agregar un artículo adicional, el 67, a fin de especificar la importancia de las alianzas multisectoriales en un Estado de derecho.
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El Estado y las autoridades son responsables finales de la buena administración, la prestación de servicios urbanos, la conservación y el manejo de recursos naturales y la inversión en infraestructura física y tecnológica, pero los sectores sociales y privado pueden contribuir a la acción pública, gobernanza y bienestar social, resolver necesidades y problemas públicos junto con el gobierno, bajo un marco normativo democrático y transparente.
Por lo anterior se propuso regular las alianzas multi-sectoriales y público-sociales, donde organizaciones de la Sociedad Civil o sin fines de lucro hacen una alianza con el sector público; y las alianzas público-privadas donde empresas y gobierno hacen una alianza, generalmente para infraestructura.
Las alianzas público-sociales en México son escasas o no existen. En particular, el Gobierno de la Ciudad de México ha tenido una política de “gestiones” donde las organizaciones solicitan apoyos puntuales para eventos y pequeños proyectos. En contraste, en la Ciudad hay un número muy alto de alianzas público-privadas sin una regulación adecuada.
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Aquí se resume estas alianzas, y por qué es importante que se reconozcan y regulen desde la ley:
Alianzas público-sociales | Alianzas público-privadas |
Las Alianzas entre gobiernos y OSC son acuerdos y proyectos de interés mutuo concentrados, con una planeación conjunta y convirtiendo recursos de mediano y largo plazos. | Las Alianzas público-privadas, abarca desde la infraestructura energética, la infraestructura de transporte, así como provisión de servicios de agua potable y saneamiento, hasta los servicios de educación y salud… Los esquemas de asociación pueden darse a través de contratos de servicios, contratos de administración, de arrendamiento o a través de concesiones. |